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Mancipatio

Mancipatio, en derecho romano, es un contrato verbal formal y solemne (sacramental) con el que se transmitía la propiedad de las cosas mancipables (res mancipi): los fundos rústicos y urbanos, los esclavos, los animales de tiro y carga y las servidumbres rústicas. Fue una de las instituciones más importantes y de mayor duración que tuvieron los romanos, aunque es también una de las que menos se conocen debido a la desaparición realizada por la comisión compiladora.[1]​ Fue el jurista romano Gayo quien consiguió recuperar gran parte de esta institución en su obra Institutas.

El carácter de la mancipatio es arcaico, siendo este uno de los factores que han fomentado diferentes teorías que explican esta institución. Algunas de estas teorías la relacionan con la agricultura primitiva o con un primer concepto de dominio, con un poder soberano o con un acto unilateral de adquisición.[1]

Esta institución se conservó durante mucho tiempo. Aunque se sigue mencionando en el Código Teodosiano del año 355, a partir de esta fecha entra en decadencia, hasta que el emperador Justiniano la suprimió en su compilación de leyes, el Corpus iuris civilis.

  1. a b Amunátegui Perelló, Carlos Felipe (2011). «Origen y función de la "mancipatio"». Revista de Estudios Histórico-Jurídicos (33): 37-63. doi:10.4067/S0716-54552011000100001. Consultado el 11 de junio de 2015. 

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