Se consideran crímenes de lesa humanidad,[1] delitos de lesa humanidad[2] o crímenes contra la humanidad[3] cualquiera de las atrocidades y delitos de carácter inhumano,[4] que forman parte de un ataque generalizado o sistemático contra civiles.[5][6][7] Los crímenes de lesa humanidad son una de las cuatro clases de crímenes que la Organización de las Naciones Unidas considera de mayor trascendencia para la comunidad internacional, al igual que el genocidio, los crímenes de guerra, y el crimen de agresión. Estos conceptos comenzaron a ser definidos en el marco de las Naciones Unidas, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, ante la preocupación generada por los genocidios que «en todos los períodos de la historia ha infligido grandes pérdidas a la humanidad».[8]
El primer enjuiciamiento por crímenes de lesa humanidad tuvo lugar en los juicios de Núremberg, contra los líderes derrotados de la Alemania nazi; se ha argumentado que los crímenes contra la humanidad forman parte del ius cogens y, como tales, constituyen una norma inderogable del derecho internacional. Incluyen una gama de delitos contra las personas, como el homicidio, la esclavitud, la violación, la esterilización forzada y demás actos de violencia sexual grave, el traslado forzoso de población, la tortura, las detenciones arbitrarias, la desaparición forzada, la persecución de determinados grupos de la población, la segregación racial, y en general todos aquellos actos cometidos con la intención de causar grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud mental o física de las víctimas. En 1968 se aprobó la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad. Los juristas y legisladores han establecido también que los mismos son imperdonables.[9][10]
Para el enjuiciamiento de los crímenes de lesa humanidad existe el principio de jurisdicción universal según el cual cualquier Estado puede enjuiciar y condenar penalmente a sus autores, independientemente del lugar donde los mismos hayan sido cometidos, debido a que por su propia naturaleza la afectada es la comunidad internacional y la humanidad como tal.[11] Pese a ello en muchos casos los acusados y los países a los que pertenecen, han invocado con éxito la inaplicabilidad del principio a su caso. En 1998 se creó el Tribunal Penal Internacional (TPI), con la función de crear un ámbito internacional para enjuiciar los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Según el principio de complementariedad, la competencia del TPI es concurrente con la de los Estados nacionales. El TPI no cuenta con la adhesión de las principales potencias militares del mundo, como Estados Unidos, Rusia y China, y por lo tanto no puede enjuiciar a los criminales de dichas nacionalidades[cita requerida].