Leyes Nuevas | ||
---|---|---|
Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los indios | ||
Extensión teritorial | Reinos de Indias | |
Legislado por | Junta de la Universidad de Salamanca, Consejo de Indias, Imperio Español | |
Hecho por | Carlos I de España | |
Referencia del diario oficial | LEYES Y ORDENANZAS NUEVAMENTE HECHAS POR SU MAGESTAD, PARA LA GOUERNACION DE LAS INDIAS, Y BUEN TRATAMIENTO, Y CONSERVACION DE LOS INDIOS - Universidad de Salamanca {{{refD}}} | |
Historia | ||
Promulgación | 20 de noviembre de 1542 | |
Firma | 20 de noviembre de 1542 | |
Publicación | 20 de noviembre de 1542jul. | |
Legislación relacionada | ||
Reemplaza | Leyes de Burgos | |
Derogada por | Leyes de Indias | |
Legislación derogada | ||
Las Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los Indios, comúnmente conocidas como Leyes Nuevas o Nuevas Leyes, son un conjunto legislativo promulgado por Carlos I de España el 20 de noviembre de 1542[1] en Barcelona que pretendía mejorar las condiciones de los indígenas de la América española, brindándole una serie de derechos para que vivieran en una mejor condición y siendo precursoras del derecho internacional.
Entre otras medidas, las Leyes Nuevas establecieron que por ninguna causa ni motivo alguno se podía esclavizar a los indios; ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna. De igual modo, extinguieron el sistema de encomienda, reemplazándolo con el de repartimiento.[2][3]