Leyes de Burgos | ||
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"Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios" | ||
Extensión teritorial | Reinos de Indias | |
Legislado por | Junta de Burgos, Consejo de Indias, Imperio español | |
Hecho por | Fernando II de Aragón, El Católico | |
Referencia del diario oficial | REALES ORDENANZAS DADAS PARA EL BUEN REGIMIENTO Y TRATAMIENTO DE LOS INDIOS - Portal de archivos españoles {{{refD}}} | |
Historia | ||
Aprobación | 27 de diciembre de 1512 | |
Promulgación | 27 de diciembre de 1512 | |
Firma | 27 de diciembre de 1512 | |
Legislación relacionada | ||
Derogada por | Leyes Nuevas, Leyes de Indias | |
Legislación derogada | ||
Las Leyes de Burgos[1] o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios fueron las primeras leyes que la Monarquía Hispánica dictó para su aplicación en las Indias, el Nuevo Mundo o América, en las que abolió la esclavitud indígena y organizó su conquista. Fueron firmadas por el Rey Católico Fernando II el 27 de diciembre de 1512,[2] en la ciudad de Burgos, para el gobierno de los naturales, indios o indígenas dando como resultado la primera junta de teólogos y juristas, en donde se discutió y se concluyó -continuándose la tradición medieval que priorizó la evangelización del indio y que ese bien superior justificaba otros posibles males- que el Rey de Castilla tenía justos títulos de dominio del continente americano y que el indio tenía la naturaleza jurídica de hombre libre con todos los derechos de propiedad, que no podía ser explotado pero como súbdito debía trabajar a favor de la corona –a través de los españoles allí asentados- para lo que fueron creadas dos instituciones indianas: el requerimiento y la encomienda. Autores e historiadores las consideran y se han considerado precursoras de la declaración de los Derechos Humanos y del Derecho internacional.[3]