Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala | ||
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Logotipo utilizado por el organismo. | ||
Localización | ||
País | Guatemala | |
Coordenadas | 14°38′55″N 90°30′46″O / 14.648488888889, -90.512712777778 | |
Información general | ||
Sigla | TSE | |
Tipo | Tribunal Electoral | |
Sede | Zona 2 de Ciudad de Guatemala | |
Organización | ||
Magistrada Presidente | Blanca Alfaro | |
Composición | 5 magistrados titulares y 5 suplentes | |
Dependencias | Registro de Ciudadanos | |
Historia | ||
Fundación | 1910 y 1983 | |
Sitio web oficial | ||
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la máxima autoridad en materia electoral de Guatemala. Es un órgano constitucional independiente de control político, por lo tanto, no está supeditado a organismo alguno del Estado. Este se rige por la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente.
Esta institución tiene la facultad de realizar la convocatoria a elecciones para el cargo de Presidente de la República y Vicepresidente de la República, para los cargos de Diputados al Congreso de la República, corporaciones municipales y al Parlamento Centroamericano, que será cada cuatro años, y consulta popular según el artículo 173 de la Constitución y la Ley Constitucional Electoral, en el momento que sean necesarias. También debe organizarlas adecuadamente para transparentar los votos que emitan la ciudadanía. Sin embargo, si no lo hiciere el Congreso de la República está facultado para hacerlo.
La Constitución y la Ley Electoral asignan al Tribunal Supremo Electoral, Registro de Ciudadanos y a otros de sus órganos, ejercer con exclusiva independencia funcional la jurisdicción electoral, es decir la potestad de administrar justicia en materia electoral.[cita requerida] Es decir, además de organizar las elecciones y supervisar la actividad de las organizaciones políticas, aplica la ley a casos concretos y resuelve controversias en el ámbito electoral, actuando en segunda instancia, cuando conoce las resoluciones del Registro de Ciudadanos, las cuales están sujetas a su revisión, presentando un recurso de nulidad.[1]