Consejo de la Magistratura | ||
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Localización | ||
País | Argentina | |
Información general | ||
Sigla | CM | |
Jurisdicción | Nacional | |
Tipo | consejo de la magistratura | |
Sede | Paraná 386, Buenos Aires | |
Organización | ||
Presidente | Horacio Rosatti | |
Consejeros |
Alberto Lugones Juan Manuel Culotta Ricardo Recondo Agustina Díaz Cordero Jimena de la Torre Fernanda Vázquez Diego Marías Carlos Matterson Diego Molea Pamela Tolosa Gerónimo Ustárroz Mariano Recalde Silvia Giacoppo María Inés Pilatti Luis Juez Graciela Camaño Vanesa Siley Pablo Tonelli Roxana Reyes | |
Composición | 20 miembros | |
Depende de | Poder Judicial Nacional | |
Entidad superior | Corte Suprema de la Nación | |
Historia | ||
Fundación | 17 de noviembre de 1998 (26 años) | |
Sitio web oficial | ||
El Consejo de la Magistratura de la República Argentina es un órgano constitucional multisectorial creado en 1994, que tiene a su cargo la selección de los jueces federales y nacionales, así como el control disciplinario de los mismos y la administración del Poder Judicial de la Nación. La Constitución establece que su composición debe equilibrar el peso de los representantes políticos elegidos democráticamente, con el de los jueces y los abogados, incluyendo también personas del ámbito académico y científico, dejando librada su organización a una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara del Congreso.
En diciembre de 2021, la Corte Suprema, en voto dividido, declaró la inconstitucionalidad de la composición establecida por el Congreso en 2006, y dispuso restablecer la vigencia de dos normas legales de 1997 (artículos 2 y 10 de la Ley 24.937 según texto ordenado por la Ley 24.939) que habían sido derogadas, colocando al presidente de la Corte al mando del Consejo.[1]
El Consejo está encargado de confeccionar los temas de carácter vinculante de los candidatos para los tribunales inferiores del Poder Judicial, para que luego sean designados por el presidente de la Nación en acuerdo con el Senado. El Consejo de la Magistratura tiene a su cargo también la administración del Poder Judicial, el control de la actividad de los jueces y la imposición de sanciones. En caso de causas graves es el organismo que abre el juicio político para resolver sobre la destitución de los jueces ante el Jurado de Enjuiciamiento, ante el cual el Consejo de la Magistratura actúa como acusador.
El Consejo de la Magistratura administra el Poder Judicial de todas las instancias excepto la Corte Suprema. Tiene a su cargo cinco funciones, entre ellas seleccionar mediante concurso público de los magistrados (excepto los de la Corte) y removerlos por las causales contempladas por la ley. Como órgano constitucional, debe ser regulado siguiendo las pautas establecidas por el artículo 114 de la Constitución Nacional.[2]