Los derechos individuales son un concepto perteneciente al derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles.
Son los derechos que todos tenemos, ya que son inherentes al ser humano por el simple hecho de haber nacido. Al ser a la existencia de cualquier sistema legal o estado, deben ser respetados por estos y ser reconocidos a todos los seres humanos, independientemente de su situación social, económica, étnica, religiosos y opiniones, etc.[1]
De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.[2]
En la clasificación los derechos humanos en tres generaciones, aparecen repartidos entre los de primera y los de segunda generación.