Entidad urbana, en geografía de Chile, hace referencia a un asentamiento humano que posee concentraciones de viviendas que superan los 2000 habitantes, o que tenga entre 1000 y 2000 habitantes si es que la población que se encuentra económicamente activa, ya sea en actividades secundarias y/o terciarias, sea superior al 50 % de su población. También se consideran entidades urbanas a los centros turísticos que tienen más de 250 viviendas que no cumplen con el requisito de población.
El Censo de 1992 clasifica a las entidades urbanas en:[1]