Junta Electoral Central | ||
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Localización | ||
País | España | |
Información general | ||
Sigla | JEC | |
Tipo | Órgano superior de la Administración Electoral | |
Sede | Palacio de las Cortes, Madrid | |
Organización | ||
Presidente | Miguel Colmenero Menéndez de Luarca | |
Dependencias |
Juntas Electorales autonómicas Juntas Electorales provinciales Juntas Electorales de Zona Mesas electorales | |
Presupuesto | 478 770 € (2023)[1] | |
Historia | ||
Fundación | 26 de junio de 1890 (134 años) | |
Sitio web oficial | ||
La Junta Electoral Central (JEC) de España es el órgano superior de la Administración Electoral, de las Juntas Electorales Provinciales, las Juntas Electorales de Zona y, en su caso, las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma, así como por las mesas electorales y es el único órgano permanente de la misma. Tiene como función «garantizar la transparencia del proceso electoral y supervisar la actuación de la Oficina del Censo Electoral».[2] Está regulada por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.