Municipio

Municipio

Países del mundo que tienen municipios como subdivisiones territoriales.
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Un municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias.

El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con exclaves y presentando enclaves de otros municipios) y la población que lo habita regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el padrón municipal y mecanismos que otorgan derechos, como el avecindamiento o vecindad legal, que sólo considera vecino al habitante que cumple determinadas características —origen o antigüedad— y no al mero residente.

El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde (también llamado presidente municipal en algunas regiones). En el Antiguo Régimen en España había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; en las principales ciudades, un corregidor designado por el rey. Por extensión, también se usa el término municipio para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado concejo abierto.

En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la castellana "municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la ciudadanía romana, la condición de libertad o esclavitud, etc.

El concepto de municipio como subdivisión administrativa tiene su origen en la reorganización administrativa después de la revolución francesa de 1789. Los revolucionarios querían romper con las subdivisiones feudales del antiguo régimen y se crearon municipios, distritos, departamentos, teniendo su origen en hechos muy diversos. Los más frecuentes son los siguientes: se podía tratar del territorio de un señorío; bien de un término parroquial, dentro del anterior; podía ser una villa nueva, a veces villa franca, en territorio de forestación, a la que de entrada se le asignaba un territorio; territorio bajo jurisdicción de un monasterio, capítulo de canónigos, etcétera. Otros países crearon estructuras similares para reemplazar a los señores locales hereditarios del antiguo régimen, según el caso por consejos elegidos o por funcionarios nombrados por el gobierno central. La doctrina francesa surgida a partir de la Revolución de 1789 consideraba el carácter natural de los municipios, como una persona social, una comunidad de intereses, anteriores a la existencia del Estado, que sólo debía limitarse a reconocer y proteger esta realidad. Otros ordenamientos europeos como los de Inglaterra o Alemania optaron por destacar el carácter legal del municipio.

En algunos países, las entidades equivalentes a los municipios son llamadas "comunas"; por ejemplo, la commune francesa, el comune italiano o la kommun sueca. El término proviene de la comuna medieval (Ciudades-estado italianas, Ciudad Imperial Libre).


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